Por: Luis Castillo Córdova
Doctor en Derecho por la Universidad de Coruña (España)
El Proceso de inconstitucionalidad es la figura que mejor encarna la posición jurídica del Tribunal Constitucional, y la que mejor representa el concepto de garantía constitucional. En un sistema jurídico como el peruano en el que concurren dos controladores de la Constitución y de la constitucionalidad, ocupará la posición de controlador supremo aquel al que se le pueda reconocer una mayor energía controladora. Los efectos derogatorios que produce la declaración de inconstitucionalidad de una ley o de una norma con rango infralegal (cuando tiene el carácter de conexa a la una legal) a través de un proceso de inconstitucionalidad, permiten sostener que el órgano que titularice esta función ocupará tan decisivo lugar.
De la misma manera, el
proceso de inconstitucionalidad es el que más acabadamente representa la fuerza
protectora de las garantías constitucionales. La protección que está llamado a
brindar este proceso constitucional se extiende a toda la Constitución, tanto a
sus contenidos materiales (a las normas iusfundamentales), como a los
procedimentales y a los orgánicos. Se trata de proteger a todos los contenidos
constitucionales, frente a decisiones legales que los desnaturalicen.
Estas dos afirmaciones
se consolidan cuando se repara en un doble hecho. Por un lado, que quien
puede declarar la inconstitucionalidad con efectos derogatorios de una norma
con rango de ley, tendrá la capacidad, a su vez, de inaplicarla; así el
Tribunal Constitucional no solamente declara la inconstitucionalidad de una
norma con rango de ley con efectos derogatorios, sino que también puede —debe— declarar su inaplicación a un caso concreto de corresponder.
Y por otro lado que las
concreciones normativas que de las disposiciones constitucionales formule el
Tribunal Constitucional en un proceso de inconstitucionalidad, tienen los
mismos efectos generales que un precedente vinculante, debido a que en tal
proceso no existe referencia a caso concreto alguno. La norma constitucional
adscripta que se formula a partir de la concreción de la norma directamente
estatuida y a través de la interpretación que realiza el Tribunal
Constitucional, nace al mundo jurídico como una norma de alcance general. De
esta manera, la protección que la norma constitucional adscripta creada por el
Tribunal Constitucional brinda, ejerce su fuerza protectora también en el seno
de los demás procesos constitucionales y en todos los procesos judiciales, en
la medida que tales normas vinculan a todos los operadores jurídicos,
señaladamente a los Jueces.
Políticamente, no se
pierda de vista, el proceso de inconstitucionalidad puede ayudar notablemente
en la construcción de un sistema político formal y materialmente democrático,
particularmente en democracias —¿siempre?— en transición como la nuestra. Y es
que el proceso de inconstitucionalidad tiene mucho que hacer —con los fallos— y
qué decir —con las interpretaciones de la Constitución contenidas en los
fundamentos jurídicos— en el control del poder normativo que ejerzan el
Parlamento y el Ejecutivo, a fin de conseguir ese equilibrio de poderes tan
relevante para la democracia.
El proceso de
inconstitucionalidad es, pues, un proceso constitucional con relevancia jurídica y política muy especial, lo que supone no solamente
importantes cuestiones teóricas y prácticas decisivas para la justicia del
sistema jurídico y para la democracia del sistema político, sino también exige
que cada vez que se aborde su estudio éste se realice con relevante preparación
académica y con intensa honestidad intelectual.
El ámbito constitucional
peruano tiene la enorme fortuna de recibir un trabajo monográfico sobre la
acción de inconstitucionalidad de alguien que como el Prof. Carlos Hakansson,
tiene, y mucho, de ambas exigencias. Su preparación académica le ha llevado a
conocer no solamente el derecho continental (su grado de doctor lo obtuvo con
honores en la Universidad de Navarra, aunque gran parte de la tesis doctoral
fue elaborada en una de las más antiguas y prestigiosas universidades europeas:
la de Santiago de Compostela), sino también, y de modo especial, el derecho
anglosajón del cual es un feligrés practicante, lo que le ha llevado a
estancias de investigación en universidades inglesas de enorme prestigio como
es la Universidad de Oxford. Una vocación por la investigación asentada
firmemente desde un inicio de la mano de profesores juristas excepcionales, le
ha permitido al Prof. Hakansson valorar sobremanera la necesaria honestidad
intelectual para lograr ser lo que él es ya desde hace buen tiempo en el
ejercicio de la cátedra universitaria: un verdadero maestro.
La conjunción de ambas características en el Prof. Hakansson permite
descubrir en el libro El proceso de inconstitucionalidad. Una aproximación
teórica y jurisprudencial, una prolongación
académica e intelectual de su autor. Un libro con un título nada pretensioso
que rápidamente se ve desbordado por una riqueza extraordinaria tanto doctrinal
como jurisprudencial. Las cuestiones distintas, no solamente procesales sino
también materiales propias de la filosofía jurídica, son formuladas con la
claridad propia de una mente jurídica cultivada y forjada en los contornos de
la cultura jurídica más basta, y son resueltas del modo propio de quien
disfruta haciendo: con devota vocación por el trabajo bien hecho. Se trata de un
libro digno de la figura que se desarrolla, que no se limita a proponer
aproximaciones, sino a ejecutar con maestría un desarrollo fuerte y profundo de
justificaciones teóricas y prácticas imprescindibles tanto para conocer a
cabalidad el proceso de inconstitucionalidad, como para generar criterios
asentados firmemente en una mentalidad jurídica enriquecida por su lectura.
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