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10 de octubre de 2014

COMENTARIOS BIBLIOGRÁFICOS | "Un debate sobre las teorías de la argumentación jurídica"

Por: Robert Uribe Álvarez

Decano-Profesor de Teoría del Derecho de la Facultad de Derecho de
 la Universidad de San Buenaventura, Seccional Medellín-Colombia.

Un debate sobre las teorías de la argumentación jurídica, libro publicado por el consorcio editorial Palestra-Temis, editado bajo la coordinación del profesor Enrique Haba, que recoge trabajos suyos y de los profesores Manuel Atienza, Juan Antonio García Amado, Óscar Sarlo y Roque Carrión-Wam, constituye una muy importante pieza de la actual teoría del derecho hispanoamericana.

Lo anterior, básicamente, debido a tres razones. En primer lugar, porque el objeto de este intenso y enriquecedor debate, la Teoría Estándar de la Argumentación Jurídica (TEA –siguiendo la designación propuesta por Manuel Atienza), es probablemente la más importante o al menos una de las más importantes corrientes de la teoría del derecho contemporánea.

En segundo lugar, por la relevancia que tiene para la TEA, que tanto las críticas que le ha formulado Atienza, como las de Sarlo, García Amado, Carrión-Wam y, especialmente las “críticas críticas” de Enrique Haba, provengan de ellos en tanto que teóricos del derecho hispanoamericanos, toda vez que mediante ellas fomentan una contextualización de la TEA tamizada o sometida a variados e interesantes aranceles iusteóricos.

En tercer lugar, porque el libro posibilita al lector acometer de forma unitaria un debate que ha sido construido durante varios años, a través diferentes artículos y ponencias que se encuentran dispersas en números variados de distintas revistas iusfilosóficas, y cuya comprensión involucra, además, el conocimiento de puntos de vista metateóricos respecto de la teoría general del derecho, que son muy distintos para cada uno de los autores del debate.

A este respecto, por ejemplo, para la comprensión y las críticas que se formulen a la TEA, son de gran relevancia dos grandes problemas metateóricos de la teoría general del derecho, como son, de un lado, el concepto y los límites de la racionalidad de las decisiones judiciales y, de otro lado, las concepciones sobre las relaciones entre derecho y moral y, más aún, las posibilidades y límites de un objetivismo moral en el derecho.

De este modo, podrán entenderse mejor las críticas y las concepciones acerca de la TEA, conociendo los planteamientos de Atienza en tanto que jurista que combina una concepción de antipositivista jurídico con compromisos discursivos hacia la racionalidad de la TEA y un objetivismo moral moderado; de García Amado como positivista conceptual y relativista moral discursivamente comprometido con un escepticismo moderado respecto de la racionalidad de la TEA, sobre todo de su pretensión de disminuir los grados de subjetividad a través de la ponderación como método de aplicación de principios, aunque no lo hacen un escéptico de la argumentación jurídica. Igualmente, y comprometidos cada uno con cierto tipo de racionalismo jurídico, Sarlo y Carrión-Wam se muestran, el primero más dado a aceptar, bajo ciertas precisiones, la validez de la TEA como marco de racionalidad jurídica y, el segundo, inclinado a reivindicar modelos de racionalidad escépticos moderados de la TEA y más vinculados con la tradición occidental que sitúan ésta en un campo más complejo y a la vez dinámico de una tópica de la interpretación y la argumentación jurídicas. Haba, por su parte, por su realismo jurídico, se comporta como un escéptico radical de la racionalidad de la TEA, que no de las posibilidades de algún tipo de racionalidad jurídica, cuyas aristas conceptuales y metodológicas en cualquier caso tienen tan sólo un alcance heurístico.

Cada una de estas concepciones incide, en distinta medida, en las críticas que cada uno de los autores del debate formulan a la TEA y a las críticas que sus interlocutores realizan a ésta. Es por esta razón que este es un debate entre críticos, es decir, entre teóricos del derecho que consideran que la TEA, como paradigma iusteórico,es merecedor de varios tipos de críticas  que varían, entonces, en intensidad y dirección (meta)teóricas.

En un primer tipo, estarían las críticas más reconstructivas, que son las que pueden atribuirse al trabajo que durante décadas ha realizado Manuel Atienza, tratando de mejorar algunos problemas que limitan en diverso grado los alcances y la capacidad de rendimiento de la TEA.Un segundo tipo de críticas, con una combinación de reconstrucción y desconstrucción, surge de los planteamientos de Sarlo, García Amado, y Carrión-Wam, cada uno de los cuales identifica diferentes aspectos de la TEA que, siendo de/reconstruidos, les permiten considerarla, en distinto grado, un instrumento útil para la argumentación como actividad central del derecho un Estado constitucional. Un tercer tipo de críticas proviene de los planteamientos que también durante varias décadas viene formulando Enrique Haba, desde una perspectiva fundamentalmente deconstructiva de la TEA en tanto que paradigma normativo realizable epistémicamente, que no de los procesos de razonamiento jurídico pensados desde una perspectiva realista, antípoda de una normativa, de la argumentación.

Es también de resaltar de esta compilación que el carácter crítico de todos los trabajos incluidos en ella y del diálogo también crítico que a través de ellos se ha suscitado, contribuyen a dilucidar y mejorar la estructura conceptual y discursiva de la TEA, impactando de distinta forma sus desarrollos y los de la teoría general del derecho, especialmente en el ámbito hispanoamericano.

Como podrá comprender el lector este es un debate que sigue abierto al surgimiento de nuevas críticas y a la generación del diálogo crítico en torno a ellas, no solo entre sus autores. Es tal vez el mejor aporte de una teoría de la argumentación a la cultura jurídica la capacidad de sus cultivadores de discutir argumentativamente acerca de sus presupuestos y desarrollos conceptuales y discursivos. En tal sentido, es un gran aporte de los teóricos del derecho hispanoamericanos de este debate argumentar y dialogar críticamente sobre la TEA.