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9 de febrero de 2022

Prólogo al libro "Género y poder" de Violeta Bermúdez

El 2019 marca 40 años desde que, en diciembre de 1979, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobara la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la sometiera a ratificación por parte de los Estados. Desde entonces, 189 Estados la han ratificado, beneficiando a millones de mujeres debido a su formulación novedosa sobre la obligación que tiene cada Estado ratificante de apartarse del concepto clásico de la igualdad como trato idéntico a hombres y mujeres para entenderla como un valor transformado en derecho humano que obliga al Estado a lograrla y no sólo declararla. Ante esta forma de entender la igualdad, y para avanzar más allá de las convenciones existentes que declaraban la igualdad y prohibían la discriminación basada en el sexo, así como para superar la fragmentación de los derechos de las mujeres plasmados en las convenciones relativas a algunas formas específicas de discriminación contra las mujeres, la CEDAW fue ideada de modo que prohibiera la discriminación contra las mujeres en todas sus formas, en todas sus manifestaciones y en todas las esferas, ya sea de hecho o en la legislación, obligando a los Estados que la ratificaran a tomar medidas concretas para lograr el objetivo de la igualdad en todo el quehacer humano. Así, con la CEDAW en mano, una importante parte de la lucha de las feministas por la igualdad en estos últimos años ha sido el desarrollo de una más completa y sofisticada concepción de lo que significa la “igualdad”, dejando atrás la comprensión formalista, fragmentada, demasiado estrecha y, para peores, androcéntrica de la igualdad como trato idéntico.

Gracias a esta conceptualización de la igualdad, las mujeres hemos logrado avanzar hacia la igualdad en el goce de muy distintos derechos, incluyendo en el del derecho a la participación política, que está tan bien formulado en este libro de mi queridísima amiga Violeta Bermúdez, abogada feminista con quien compartí tantas luchas que culminaron en el reconocimiento, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en Viena en 1993, de que los derechos de las mujeres son derechos humanos. Por ejemplo, en casi todo el mundo se ha visto un avance en la participación política de las mujeres. En poco más de dos decenios desde la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing, se ha multiplicado por dos el promedio mundial de la representación política de mujeres. La implantación de cupos en algunos países en situación de transición política se tradujo en un aumento apreciable de la representación de mujeres en los parlamentos, aunque, como explica tan convincentemente Violeta, los cupos o cuotas ya no están dando los frutos esperados. También se han observado tendencias positivas en la ampliación de las medidas especiales y la acción afirmativa a otras esferas de la vida pública distintas de la representación parlamentaria (véase A/HRC/23/50).

Lamentablemente, no todas las disposiciones de la CEDAW ni su concepción de la igualdad han sido implementadas y, por ende, la discriminación contra las mujeres persiste en todo el mundo. Y no sólo persiste, sino que en los últimos años se han fortalecido los movimientos fundamentalistas, populistas y/o autoritarios que tienen en el centro de sus estrategias eliminar los avances en los derechos de las mujeres. La hostilidad ante la denominada “ideología de género”, especialmente virulenta en América Latina y Europa Oriental, ejemplifica las crecientes dificultades que encuentra la causa de la igualdad de género. Los grupos de presión conservadores que se movilizan contra la ideología de género entendida como amenaza a los “valores tradicionales” consideran equivocadamente que la labor en pro de la igualdad de género supone la imposición de ideas y creencias abocadas a destruir instituciones como la familia, el matrimonio y la libertad religiosa. Estos grupos se han expresado con especial contundencia en su oposición a las políticas o incluso debates centrados en cuestiones relativas a la igualdad política entre hombres y mujeres. Saben muy bien que, si más mujeres pudieran participar en las decisiones públicas de sus países, no se podrían sostener las demasiado numerosas leyes y prácticas que las discriminan.

Sin embargo, en estos 40 años —creo no equivocarme— nuestra concepción del derecho a la igualdad sí ha evolucionado, como tan brillantemente lo demuestra este libro. Y, aunque todavía nos falta mucho para asegurar a las mujeres de todo el mundo, la realización plena y concreta de la igualdad en sus vidas, este libro es un gran aporte para que más personas entiendan la estrecha relación entre el logro de una verdadera igualdad y la participación política de más y más mujeres. En él, Violeta hace un análisis de las dimensiones de derecho a la igualdad y del derecho a la participación política para conjugarlos en lo que ella denomina la igualdad política. Nos explica que la igualdad es un derecho humano autónomo, que como lo explicita el Comité CEDAW exige la eliminación de la discriminación, y a la vez es un principio fundamental en la interpretación e implementación de la normativa internacional en derechos humanos que, en su conjunto, exige a los Estados la adopción de cuantas medidas sean necesarias para lograr la igualdad en todas las esferas, incluyendo la política, así como medidas para actuar frente a su violación. Llega a la conclusión de que los Estados deben actuar de modo tal que los derechos garantizados en sus normas tengan efectiva vigencia en la realidad y para ello tienen que implementar muy variadas medidas e ir evaluándolas para medir si realmente están logrando su cometido. Al respecto Violeta nos comparte que, si la participación política es el “vehículo” para trasladar la igualdad constitucional a la esfera de los poderes públicos, aún no ha llegado al paradero de las mujeres. En consecuencia, la igualdad política continúa siendo una aspiración para la mitad de la humanidad y por ende es tiempo que se implementen nuevas medidas.

Estudiando la CEDAW y todos los otros instrumentos internacionales de DDHH, podemos darnos cuenta de que la igualdad es un principio cuyo fin es proteger y valorizar las diferencias al tiempo que pretende eliminar las desigualdades y, por lo tanto, no exige trato idéntico en todos los casos. El principio de igualdad sí exige que todo trato, sea idéntico o diferente, no redunde en discriminación. Al contrario de lo que creen sus múltiples detractores, el principio de igualdad, lejos de exigir trato idéntico para todas las personas, no sólo reconoce las diferencias dándole igual valor a cada ser humano sin tomar a ninguno como modelo, sino que pretende expulsar de todo sistema social, económico, político, cultural o jurídico cualquier desigualdad por más insignificante que sea, si ésta produce discriminación contra cualquier persona.

Y como la historia nos ha demostrado que la discriminación, sobre todo aquella por razón de sexo y género, puede venir revestida de protección o de neutralidad, el derecho a la igualdad no sólo exige la eliminación de la discriminación directa o explícita, sino que exige que se eliminen esas protecciones si causan vulneración de alguno de los derechos de las mujeres. Más importante aún, exige que se analice esa pretendida neutralidad para saber si más bien es una manifestación del androcentrismo —la idea de que el hombre es el modelo de lo humano— que invisibiliza los intereses y necesidades de las mujeres como legítimas. Cuando sustituimos la igualdad por la equidad o creemos que la igualdad exige trato idéntico, podríamos estar dejando de lado la necesidad de eliminar formas sutiles de discriminación, porque esa necesidad ni siquiera la podemos ver debido al androcentrismo revestido de neutralidad.

Si bien algunas personas siguen creyendo que la igualdad se alcanza otorgándoles a las mujeres los mismos derechos que detentan los hombres —es decir, que siguen creyendo que la igualdad significa trato idéntico—, tales posturas han sido superadas en la doctrina de los derechos humanos. Entender que la igualdad no significa trato idéntico es una de las razones por las que creo que este libro debe ser leído por todo el mundo, pero especialmente por todas aquellas personas que de alguna manera están involucradas en la formulación o aplicación de las leyes. Violeta nos lleva por un recorrido de la evolución progresiva del concepto de igualdad, empezando por el análisis de las primeras declaraciones de derechos y teorías sobre la igualdad, incluyendo las formuladas por feministas como Mary Wollstonecraft y Olympe de Gouges, dos mujeres pioneras en la deconstrucción del principio de igualdad como una noción androcéntrica que partía de que la igualdad se alcanzaba tratando a todas las personas como si todas fueran hombres blancos y propietarios.

Pero Violeta no nos lleva por ese recorrido sólo con el fin de que conozcamos mejor una importante parte de nuestra historia, objetivo que es en sí mismo loable y muy necesario, sino porque quiere hacernos entender que hay una necesidad urgente de adoptar otras medidas dirigidas a superar las barreras para el logro de la igualdad efectiva. Para ella, una de esas medidas es la paridad que se plantea como definitiva para lograr la participación política de la mujer, en condiciones de igualdad.

Para lograrlo, Violeta nos presenta no solo el desarrollo de la construcción de los contenidos del derecho a la igualdad, sino que lo conjuga con el desarrollo del derecho a la participación política, el cual, de la mano con el de igualdad, conduce al concepto de la igualdad política sin la cual no es posible una verdadera democracia. La democracia y la igualdad en el goce de todos los derechos humanos se refuerzan mutuamente. Los derechos de la mujer son derechos humanos y, por lo tanto, son un elemento integrante de la democracia. La Asamblea General de la ONU, en su resolución 59/201 (párr. 1), declaró que entre los “elementos esenciales de la democracia” figuraban, entre otros, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, como la libertad de asociación y de reunión pacífica, la libertad de expresión y de opinión y el derecho de todo individuo a participar en los asuntos públicos, directamente o a través de representantes libremente elegidos, y a votar y a presentarse como candidato en elecciones libres por sufragio universal e igual. En otras palabras, un elemento esencial de la democracia es la igualdad política entre mujeres y hombres.

Pero, ¿cómo lograr esa igualdad política? Una estrategia ha sido la implementación de las cuotas de género en sus diferentes manifestaciones. Haciendo un análisis histórico de los elementos y contenidos de las cuotas de género, Violeta nos explica muy claramente cómo a través de éstas se logró naturalizar la presencia de más mujeres en espacios de decisiones políticas pero que, en la práctica, no han logrado la igualdad política de las mujeres, y más bien se han convertido en un techo para la participación de las mujeres.

Para Violeta, y para todas las personas que lean y comprendan sus argumentos, la paridad es una medida constitucional efectiva para el logro de la igualdad política al tiempo que contribuye al fortalecimiento de la democracia. Nos dice que confía en que los planteamientos desarrollados sean de utilidad para respaldar una propuesta orientada a la adopción de la paridad en el Perú que promueva un valor esencial en todo estado democrático de derecho: la participación política de todas las personas, mujeres y hombres, en condiciones de igualdad. Yo puedo dar fe de que este libro es un gran respaldo a la adopción de la paridad, no sólo en el Perú, sino en cualquier país que aspire a ser un Estado de Derecho, respetuoso de los derechos humanos de todas las personas.

 

Alda Facio
Integrante del Grupo de Expertos Independientes del
Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

Prólogo del libro "Género y poder" (Palestra Editores, 2019)

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