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26 de julio de 2014

PRESENTACIÓN | "El Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la Protección de los derechos humanos laborales"

Miguel F. Canessa Montejo
Profesor de la Maestría de Derecho del Trabajo y Seguridad Social y de la Maestría de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú

En los últimos años se ha producido un avance notable en la protección de los derechos laborales dentro del sistema de protección interamericano. Fue la sentencia de la Corte Interamericana sobre el Caso Baena Ricardo y Otros, del 2 de febrero de 2001, la que marca una línea divisoria en este proceso.

Sin embargo, este proceso no ha sido ajeno a avances y retrocesos desde la constitución del Sistema Interamericano. En efecto, desde el inicio del Sistema Interamericano los derechos laborales fueron incluidos dentro del listado de derechos humanos, pero su protección se vio menoscabada por los propios acontecimientos en la región donde los derechos civiles y políticos resultaron siendo los prioritarios. Asimismo, se le ha cuestionado al Sistema Interamericano en no proteger directamente los derechos laborales, porque los Estados no son condenados por la violación de un derecho laboral sino por la violación de una garantía judicial o el debido proceso.

Algunas de estas críticas no prestan atención al propio diseño normativo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, asumiendo que se reproduce a nivel regional la estructura normativa de los Estados nacionales. Por eso resulta importante analizar los pronunciamientos de la Comisión Interamericana o las sentencias u opiniones consultivas de la Corte Interamericana, en consideración a la forma en que se encuentran consagrados los derechos humanos laborales dentro de los instrumentos regionales y en qué consisten los procedimientos de control del Sistema Interamericano.

Tomando en consideración lo señalado, esta publicación pretende incorporar esta perspectiva en el análisis del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la protección de los derechos humanos laborales. Por ello, ha sido dividido el Estudio en tres capítulos. En primer lugar, analizar los instrumentos interamericanos de derechos humanos que consagran derechos laborales, de modo que se puedan establecer con precisión las obligaciones internacionales que se desprenden de ellos. En segundo lugar, examinar los procedimientos de control del Sistema Interamericano poniendo el énfasis en los aspectos que correspondan a los derechos laborales. Finalmente, en tercer lugar, escrutar los pronunciamientos de la Comisión y de la Corte Interamericana en materia de derechos humanos laborales, tratando de resaltar los aspectos sustanciales de manera que se puedan derivar sus consecuencias jurídicas también sobre los ordenamientos nacionales.

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